OBJETIVO:
Generar información mensual que será considerada como insumo para los diferentes seguimientos de variables referentes a la Gestión de Talento Humano, que realizará la Dirección de Seguimiento y Monitoreo del Servicio Público a las instituciones públicas.
FUNDAMENTO NORMATIVO
- LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO: artículo 51 literal a), c), h); y artículo 52 de la Ley.
- ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2023-112 de 06 de septiembre de 2023, se firmó el nuevo Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Trabajo, estableciendo como atribución de la Dirección de Seguimiento y Monitoreo del Servicio Público: “c. Realizar el seguimiento y monitoreo de las instituciones del Sector Público en el cumplimiento normativo del talento humano, remuneraciones e ingresos complementarios”; y como producto: “3. Informe de los resultados obtenidos del seguimiento y monitoreo efectuado al nivel central de las instituciones del Sector Público”
Hay 18 preguntas en el formulario.