Cártel del coche: un nuevo escenario judicial enfrenta a los fabricantes con miles de afectados
Este cártel estaba formado por hasta 25 fabricantes de automóviles y operó en España entre febrero de 2006 y julio de 2013.

Cártel del coche: un nuevo escenario judicial enfrenta a los fabricantes con miles de afectados

Las marcas implicadas representan más del 90% de la cuota de mercado, aproximadamente suponen 10.000.000 de vehículos afectados
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31/10/2021 06:48
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Actualizado: 30/10/2021 00:20
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Se avecina una nueva batalla judicial en el Derecho de la Competencia. Al cártel de camiones vigente en distintos países europeos, le sigue en España el cártel del coche o cártel de fabricantes de automóviles, como se ha dado en llamar.

Este cártel estaba formado por hasta 25 fabricantes de automóviles y operó en España entre febrero de 2006 y julio de 2013.

Mientras el cártel del coche estuvo operativo, sus integrantes compartieron en secreto información comercial esencial para la fijación de precios, ocasionando así el pago de un sobreprecio a los adquirentes de sus productos, lo que en 2015 dio lugar a una fuerte sanción (de aproximadamente 170 millones de euros) por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a los fabricantes que lo formaron.

El cártel fue descubierto porque uno de sus miembros, SEAT, ofreció información sobre la organización al regulador a cambio de una exoneración de de posibles sanciones, lo que se llama programa de clemencia.

Las marcas representan más del 90% de la cuota de mercado, aproximadamente suponen 10.000.000 de vehículos afectados. Los fabricantes implicados son Citroen, Mitsubishi, BMW, Cheverolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, KIA, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Lexus, Toyota, Audi, Skoda, VW, Saab y Volvo.

De momento, la Sala Tercera del Tribunal Supremo está desestimando los recursos de casación interpuestos por estas marcas y sus abogados, defendidos por los principales despachos del país.

Sanciones confirmadas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo

BMW IBÉRICA, S.A.U: Multa confirmada de 8.031.780 euros por participar en el cártel de coches. Sentencia  759/2021, con ponencia del magistrado David Córdoba. Reclamación interpuesta por Konstantin Jörgens, ‘of counsel’ de la práctica de Derecho Europeo y de la Competencia y uno de los coordinadores del German Desk de Garrigues.

CITROEN y PEUGEOT ESPAÑA S.A.: Sanción de 15.722.642 euros por participar en el cártel de coches. Sentencia 20/4/2021  y 531/2021 con ponencia de la magistrada María Isabel Perelló. Recurso desestimado de Luis Ortiz, ‘of counsel’ en el departamento de Derecho de la UE y de la competencia de Garrigues.

FIAT CHRYSLER AUTOMOBILES SPAIN, S.A: Sanción confirmada de 6.968.254 euros. Sentencia 684/2021, con ponencia de José María del Riego. Recurso desestimado interpuesto por David Antón Vega, ‘of counsel’ Hogan Lovells.

CHRYSLER ESPAÑA, S.L.: Sanción de 265,50 euros. Sentencia 684/2021 con ponencia de José María del Riego. Recurso desestimado interpuesto por David Antón Vega, ‘of counsel’ Hogan Lovells.

FORD ESPAÑA, S.L.: Multa confirmada de  20.234.832 euros. Sentencia 683/2021 con ponencia de Eduardo Espín. Recurso inadimitido de Casto Gonzalez-Páramo, socio de Hogan Lovells en España.

Honda España: Multa confirmada de 609.325 euros. Sentencia 1145/2021 con ponencia de Diego Córdoba. Recurso inadmitido de Valeria Enrich, socia de Baker Mckenzie España.

HYUNDAI MOTOR ESPAÑA, S.L.U.: Confirmada multa de 4.415.116 euros. Sentencia 689/2021 con ponencia de Diego Córdoba. Recurso inadmitido interpuesto por Rafael Baena, socio Ashurst.

MAZDA AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.: Confirmada multa de 656.390 euros. Sentencia 705/2021, recurso inadmitido de Esther Santamaría, abogada Zambade & Asociados.

NISSAN IBERIA, S.A.: Multa confirmada de 3.157.671 euros. Sentencia 807/2021 con ponencia de Eduardo Espín. Recurso interpuesto por Antonio Fernández Guerra.

RENAULT ESPAÑA COMERCIAL S.A. (RECSA): Multa confirmada de 18.203.422 euros. Sentencia 633/2021 con ponencia de María Isabel Perello. Recurso desestimado de Tomás Arranz  y Javier Abril, socios del Área de Competencia y Derecho de la Unión Europea de Uría Menéndez.

General Motors SLU: multa de 22.827.759 euros. Sentencia 1205/2021, 5 de octubre, con ponencia de Eduardo Espín. Defensa de ONTIER, a través Francisco Cantos, socio responsable competencia.

Una legión de demandantes

El pasado día 6 de octubre de 2021, ALLURA consiguió a través de su socio, el abogado Manel Espinosa González, una sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictada en relación con el conocido cártel de camiones.

El primer juicio que hubo en Barcelona en relación con ese cártel también fue dirigido por este equipo profesional.

Este despacho ve éxito y ofrece el asesoramiento legal a cambio de un 17% del total con una pequeña provisión de fondos de 200 euros más IVA.

Desde el bufete Cremades & Calvo-Sotelo, especializado en asuntos judiciales que han involucrado a decenas de miles de afectados, se está trabajando con la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC), preparando diferentes demandas en las que se reclamará judicialmente una indemnización económica acorde al daño y perjuicio percibido.

En principio, las distintas plataformas y despachos que se han posicionado en toda España señalan que se ha abierto la vía para que más de 10 millones de particulares y empresas que compraron vehículos nuevos de estas marcas entre febrero de 2006 y agosto de 2013 reclamen a los fabricantes una indemnización que, en función de la marca y el modelo adquirido, podría ser de unos 2.500 euros de media.

Por ejemplo, si se compró un coche por 15.000 euros la cuantía de la indemnización podría moverse entre entre 1.500 euros y 2.250 euros, más los intereses legales.

Dudas sobre la fecha de prescripción

Patricia Liñán, socia responsable de Derecho de la Competencia en ECIJA, explica que el cártel es una de las infracciones más graves en derecho de la competencia: «En ambos casos, cártel de camiones y coches hubo un solicitante de clemencia, un chivato, que delató a los demás integrantes del cártel (MAN, en el caso de los camiones y SEAT, en el de los coches)».

«Este tiene una cierta protección frente a las reclamaciones de daños. En principio, solo respondería de los daños causados a los que le compraron los vehículos a él y no, como el resto de los cartelistas, frente a cualquiera», subraya.

«Otra similitud es que, en ambos casos, será imposible cuestionar la existencia de infracción. En el caso de los camiones, porque los cartelistas (a excepción de SCANIA) reconocieron su infracción. En el caso de los coches, porque la resolución de la CNMC es firme (no susceptible de recurso)».

Patricia Liñan, socia responsable de Derecho de la Competencia en ECIJA.

Esta experta cree que habrá un aluvión de reclamaciones, «cualquiera que comprara un coche en España entre 2006 y 2013 podría reclamar, incluso si compró a una marca distinta a las sancionadas en virtud del llamado ‘efecto paraguas’, según este efecto es posible que la existencia del cártel hiciera que aumentaran los precios no solo entre los miembros del cártel sino en el mercado en general y que, por tanto, también puede ser víctima del cártel el que compró a un no cartelista».

«Como la infracción ya está acreditada por una resolución de la CNMC, la clave estará en la demostración del daño y su cuantificación, normalmente mediante la presentación de un informe pericial económico».

«Otra cuestión relevante en este asunto puede ser si la acción para reclamar ha prescrito, dado que existen dudas aún no perfectamente resueltas acerca de cuál es ese plazo (uno o cinco años) y desde cuando se cuenta, desde la resolución de la CNMC o desde la sentencia del Tribunal Supremo que la confirma», indica.

Difícil de probar el daño

Para un estudioso el derecho de la competencia como es Francisco Marcos, profesor del IE y consultor académico del despacho CCS, el más activo en las reclamaciones del cártel de camiones, hay cierta confusión entre este cártel y en otros asuntos relacionados con concesionarios.

A juicio de este experto, el daño que se presupone por ese intercambio de información comercial entre esa veintena de fabricantes del motor «no será fácil de justificar. Hará falta un buen informe pericial que aclare realmente si hay daño para evitar que los juzgados condenen en costas a los demandantes que pueden surgir en este nuevo cártel».

«No creo que estemos realmente ante un cártel. En la propia resolución de la CNMC de más de 200 páginas esa palabra aparece pocas veces, pero al final con la solicitud de clemencia al final se opto por cartelizarlo».

Francisco Marcos, profesor del IE y consultor académico del despacho CCS.

Sobre la resolución, este experto señala que «hay un intercambio de información pero no era sobre precios, básicamente el problema era la coordinación que existía entre fabricantes muy dispares. Tenian una reunión comercial y de marketing con cierta periodicidad en la que hablaban de cuándo iban a sacar al mercado diferentes modelos”.

En su opinión, «habrá que ver cómo se cuantifica el daño. Habrá que ver realmente qué daño genera al comprador de un vehículo este tipo de reuniones y acuerdos. Cada fabricante estaba al tanto de cuando el resto de su competencia estaba dispuesto a lanzar sus modelos«.

Jueces, a la expectativa

Para los magistrados de lo mercantil, es previsible que llegue mucho trabajo por esta nueva contienda judicial. Raúl García, juez decano de lo mercantil de Barcelona, explica a Confilegal que los jueces están preparados para resolver este tipo de asuntos, tras la experiencia del cártel de camiones y el de la leche. «Otra cuestión será la gestión procesal de las reclamaciones».

Desde la ciudad condal se puso en su día en marcha el protocolo de Barcelona, una forma de trabajar para acumular las demandas de los fabricantes de camiones. «Ahora hay que ver cuántas demandas van a llegar para ver realmente cómo nos organizamos».

A su juicio, «es muy importante ver como va a impactar esta actividad en los medios de los que disponemos los jueces. La preocupación principal es que el asunto se generalice y nos genera una sobrecarga de trabajo. Hay que ver cómo se presentan si nos llegan acumuladas o no o las tendremos que acumular nosotros».

Contar con un buen informe pericial

Frank Rodríguez, director general de Consultores Técnicos, una de las empresas de peritaje que ha entrado en liza en muchos asuntos del cártel de camiones, donde han emitido cerca de 3.000 informes, también esperan actuar en el cártel de la leche. «En este cártel de coches llevamos cinco meses emitiendo informes periciales para los afectados que ya preparan sus demandas».

En cuanto al informe pericial aclara que «debe acercarse en la medida de lo posible a la guía de cuantificación de daños de la UE en el 2013 y que la propia CNMC publico en agosto un borrador ratificando los diferentes sistemas para cuantificar el daño relacionado con el derecho de la competencia».

Frank Rodríguez, director general de Consultores Técnicos.

Para este experto, «el gran problema de este daño es imaginarte el mercado de otra forma. Que hubiera ocurrido si el mercado no hubiera sufrido la infracción. Planteamos el escenario desde la econometría, de unos modelos de regresión múltiples para recrear aquellas variables que han afectado al precio y jugar con ellas para encontrar el sobrecoste en el vehículo».

Recuerda que «este tipo de informes son claves a la hora de lograr de los jueces una estimación íntegra de la demanda con condena en costas. Hay que recordar que el cartel de camiones, con meno datos que este otro esta habiendo muchas estimaciones, la carga de la prueba va para el demandado y los juzgados tienen capacidades para cuantificar el daño».

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