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Modelo 105.2 Solicitud exención IBI Rústica 2023

Modelo 105.2 para la solicitud de exención en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica para ejercicio 2023 establecida el artículo 12 del Real Decreto-Ley 4/2023, de 11 de mayo.

Requisitos

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 12 del Real Decreto-Ley 4/2023, de 11 de mayo, la exención se establece con el siguiente alcance y condiciones:

  • A las cuotas de los bienes inmuebles de naturaleza rústica, afectos a actividades agrícolas o ganaderas. El recibo de IBI rústica puede agrupar parcelas no afectas a estas actividades por lo que estas no estarían comprendidas en la aplicación del Real Decreto Ley.
  • El beneficiario tiene que ser titular de la actividad y a la vez propietario de la parcela. La propiedad de la parcela deberá estar incorporada al catastro inmobiliario o declarada o comunicada.
  • El titular de las explotaciones debe haber sufrido en el ejercicio 2023 una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de, al menos, un 20 por ciento con respecto a la media de los últimos tres años en zonas con limitaciones naturales o específicas del artículo 31 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y de un 30 por ciento en las demás zonas.
  • La exención debe ser solicitada por quien sea el propietario catastral del inmueble y a su vez, de la explotación agrícola o ganadera a la que este afecto.

Documentación a aportar

  • Para acreditar el rendimiento neto de la actividad agraria o ganadera: copia de la declaración del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades o CSV de su presentación de los ejercicios, 2020, 2021 2022 y 2023, o certificado expedido por la AEAT en el que se hagan constar el rendimiento neto declarado en los mismo. 
    No se admitirán declaraciones responsables como medio probatorio del rendimiento neto, puesto que la compensación del Estado a los ayuntamientos por la pérdida de recaudación como consecuencia del reconocimiento de la exención el OAPGT, debe justificar las comprobaciones realizadas y a tal efecto requeriría las citadas declaraciones.
  • Para acreditar la explotación de las parcelas: PAC de los ejercicios 2020, 2021, 2022 y 2023.
  • Si actúa por medio de representante: poder de representación.

Tramitar

Una vez cumplimentado el modelo puede presentarlo, junto con el resto de documentación necesaria, a través del Registro Electrónico del OAPGT , en cualquiera de las Oficinas de Información y Registro que el OAPGT tiene en la provincia de Toledo, en el Ayuntamiento, en las oficinas de Correos a través del servicio ORVE o por cualquiera de los medios que establece la legislación vigente.

Métodos de acceso permitidos

No requiere autenticación.